
Formas juridicas de explotar una empresa (3a. Parte)
Continuación de las diversas formas jurídicas que pueden ser utilizadas para explotar una empresa que fueron mencionadas en la última crónica.
2)La sociedad en responsabilidad limitada (SRL)
Tiene el mismo objetivo que la sociedad de personas: requiere únicamente que más de dos personas tengan la voluntad de formar juntos una sociedad, poner en común diferentes aportes (sean dinero, conocimiento, tiempo, etc.) y tener como objetivo compartir los bénéficios entre los socios. La diferencia principal entre la sociedad colectiva de personas y la sociedad en responsabilidad limitada se establece en las limitaciones a la responsabilidad de los socios por los errores cometidos profesionalemente por otros socios. No obstante, el socio continúa a ser solidariamente responsable de las obligaciones que tiene la sociedad por toda obligación que ha sido contratada para la explotación de una empresa.
Desde el 21 de junio del 2001, el Código de profesiones ha sido modificado, el cual ahora permite a diferentes profesionales utilizar esta forma jurídica o mismo constituir una compañia para ejercer su profesión.
Las profesiones que por ahora han sido autorizadas para utilizar estas formas jurídicas, son: (las otras no tardarán en seguirles el paso)
- Los abogados.
- Los notarios.
- Los comptables (CA y CGA).
- Los dentistas.
- Los médicos.
- Los optometristas.
- Los consejeros de orientación.
- Los psicoterapeutas.
- Los farmacéuticos.
- Los denturologos.
- Los veterinarios.3)La sociedad comanditaria (o la sociedad en commandita) (SEC)
Este tipo de sociedad es especial y tiene un funcionamiento proprio. La sociedad comanditaria tiene dos tipos de socios: Los socios comanditados – son quienes dirigen la sociedad otorgando su tiempo y experiencia de trabajo y los socios comanditarios- quienes son los que otorgan únicamente un financiamiento a la sociedad (los que brindan el capital).
La sociedad comanditaria se distingue de las otras sociedades por las normas establecidas de responsabilidad de los socios hacia los tercios. Mientras que la responsabilidad de los socios commanditados se aparienta a aquella de los socios de una sociedad colectiva, los socios comanditarios, de su parte, son responsables sólo hasta competencia de sus inversiones en capital (siempre y cuando respete sus limitaciones, tales como no meterse en la gestion de la empresa).4)La sociedad en participación
Es una clase de sociedad tacita. Este tipo de sociedad se define principalemente por apreciación del contexto, de las atitudes generales de sus miembros y y en conjunto de sus actos. Sin embargo, debe tratarse de una colaboración consciente y activa.
Contrariamente a los otros tipos de sociedad, no existe en una sociedad en participación un patrimonio distinto entre la sociedad y el de cada uno de los asociados!Les aconsejo que antes de tomar una decisión sobre cual forma jurídica escoger, que Usted se informe con un jurista para que este le aconseje y le explique ampliamente sobre el funcionamiento, las ventajas y las incoveniencias de la forma jurídicas que es aconsejable para Usted.


